Coto: «Nos oponemos a que los menores puedan solicitar el cambio de identidad de género sin consentimiento de sus padres»
Legisladores Agustín Coto y Natalia Gracianía
Los legisladores oficialistas Federico Sciurano, Myriam Martínez y Federico Greve presentaron un proyecto de Reforma de la Ley de Registro Civil en la Legislatura de Tierra del Fuego. La polémica la genera por los cambios significativos respecto a la modificación de la identidad de género de los menosres de edad.

El pasado 16 de septiembre, legisladores oficialistas que responden al Gobernador Melella presentaron un proyecto de reforma a la Ley de Registro Civil en la Legislatura de Tierra del Fuego. El viernes pasado, se convocó a una Comisión para tratar diversos temas, entre ellos este proyecto. Sin embargo, el proceso legislativo ha generado controversia: en la madrugada del sábado, a las 0:48 horas, se envió un correo electrónico con modificaciones al articulado del proyecto. Apenas unas horas después, hoy a las 20 horas, el bloque oficialista junto al kirchnerismo le dieron dictamen.

El proyecto propone cambios que, de ser aprobados, implicarían un avance significativo en la autonomía personal y la simplificación de los procesos administrativos. Sin embargo, estos mismos puntos son percibidos por algunos sectores como una erosión del rol de las familias y de las instancias judiciales en la protección de los menores.

 

Lo que establece el proyecto en los artículos 90 a 94

El Título 2, Capítulo 3, Sección 2 de la reforma contiene disposiciones que han desatado un encendido debate. Estas son las principales medidas:

  1. Cambio de identidad de género con declaración jurada y DNI: Una persona podría cambiar su «identidad de género auto percibida» presentando únicamente una declaración jurada y su documento de identidad.
  2. Menores de edad y autorización parcial:
    • Un niño de cualquier edad podría modificar su identidad de género con la autorización de solo uno de sus representantes legales.
    • Si el otro representante legal se opusiera, se daría intervención al Defensor Público o simplemente se elevaría el trámite a la Dirección General de Registro Civil. Este cambio transforma lo que actualmente requiere una resolución judicial en un proceso administrativo manejado por un funcionario político.
    • Solo se habilita la apelación si el niño tiene menos de 13 años.
  3. Adolescentes entre 13 y 16 años: Estos jóvenes podrían solicitar el cambio de identidad de género sin consentimiento de sus padres, con la asistencia de un abogado.
  4. Mayores de 16 años: Se considera que los adolescentes de 16 a 18 años tienen plena capacidad para realizar el cambio de identidad de género sin requerir autorización de padres, defensores o abogados.

 

Desde el bloque La Libertad Avanza, reafirmamos nuestro compromiso de frenar este proyecto junto a los demás bloques opositores. Consideramos que la magnitud de estas decisiones trasciende lo administrativo y requiere un debate más profundo, respetando las garantías y derechos de las familias. Estamos seguros de que, con el apoyo del pueblo y guiados por nuestra fe, prevalecerá la razón y la justicia.

 

 

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